Asociaciones y ONGs

Asesoría para entidades sin ánimo de lucro

Fuente: ▷ ¿Una asociación sin ánimo de lucro puede hacer facturas? 

Ya sea una ONG, una comunidad de vecinos o una organización medioambiental, las asociaciones sin fines lucrativos están muy presentes en la sociedad actual, cumpliendo un papel fundamental para el correcto desarrollo de la misma. Ahora bien, este tipo de entidades nacen sin ningún tipo de intención lucrativa, pero esto no las excluye de ejercer cualquier tipo de actividad que suponga conseguir un rendimiento económico. En caso de que decidan hacerlo, las asociaciones tendrán que generar las facturas correspondientes a su actividad, como haría cualquier empresa o negocio común.

Contabilidad y obligaciones fiscales de una asociación sin ánimo de lucro

Pese a que no tengan ánimo específico de lucro, este tipo de entidades tienen que llevar una adecuada gestión del capital para poder continuar llevando a cabo su actividad. El Presidente y el Secretario de la misma serán los encargados de la contabilidad, reflejando de manera correcta cualquier movimiento financiero que ocurra, así como el patrimonio y los resultados de la asociación.

El carácter no lucrativo de este tipo de organizaciones le permite su exención en varios impuestos, pero no en todos. En primer lugar, siempre y cuando su actividad no supere el millón de euros, no tendrán que pagar el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), ni el Impuesto sobre las Personas Físicas (IRPF).

Por otro lado, en todas las compras referentes a compras que hagan terceros de productos de la asociación, estarán obligados a cobrar el IVA, para posteriormente liquidarlo en la Agencia Tributaria. Para el Impuesto de las Sociedades (IS), disfrutan de una exención parcial, pero siguen estando obligadas a pagarlo.

Por último, cabe destacar que, para todos los trabajadores asalariados que estén contratados por la entidad, o bien para los alquileres de sedes u oficinas de trabajo, las asociaciones sin ánimo de lucro tendrán que realizar las correspondientes retenciones del IRPF.

¿Cómo puede una asociación sin ánimo de lucro ejercer actividades económicas?

Una de las preguntas habituales que se puede hacer un miembro de una asociación es la siguiente: ¿realmente podemos ejercer algún tipo de actividad económica sin perder la condición de entidad sin ánimos de lucro?

La respuesta es sí, ya que estas organizaciones tienen que sostenerse de alguna manera, y tienen distintas formas de hacerlo. En muchas ocasiones, las aportaciones y donaciones de los socios no son suficientes para poder desarrollar la actividad de la asociación, por lo que es primordial buscar una vía adicional para conseguir los fondos necesarios. Algunas de las opciones que tienen las asociaciones son las siguientes:

  • Organizar eventos (ferias, conciertos, charlas…).
  • Ofrecer servicios en fiestas y eventos.
  • Dar formación a través de cursos.
  • Vender números de lotería, rifas, periódicos o revistas.
  • Realizar jornadas de colaboración ciudadana.

Facturas en las asociaciones: ¿cómo se emiten?

Las asociaciones sin fines lucrativos poseen las mismas obligaciones fiscales que una empresa, por lo que tienen que estar dadas de alta en el IAE (aunque no lo paguen si su facturación no supera el millón de euros). De igual manera, es obligatorio darse de alta en el Registro Nacional de Asociaciones, así como constituir los estatutos y el acta fundacional de la misma, documentos en los que figurarán las actividades de la asociación, sus miembros y su misión.

A la hora de emitir la factura, las asociaciones sin fines lucrativos tendrán que seguir el mismo procedimiento que una empresa, incluyendo el siguiente contenido en sus facturas:

  1. Número de serie (de la factura).
  2. Lugar de emisión y su fecha correspondiente.
  3. Razón social de la entidad.
  4. Razón social del comprador.
  5. Domicilio de la asociación y del comprador.
  6. Descripción de los bienes y/o servicios intercambiados en la factura.
  7. Precio de la transacción.
  8. Tipo impositivo.
  9. Sellado y firma.

Una vez cumplimentados estos datos, la entidad tendrá que indicar la exención del IVA correspondiente a su actividad.

¿Qué consecuencia puede tener el incumplimiento de las obligaciones fiscales en mi asociación?

Anteriormente, nombramos las obligaciones fiscales a las que tiene que hacer frente cualquier asociación sin ánimo de lucro. Estas deben ser muy tenidas en cuenta por los miembros de la misma ya que, en caso de incumplimiento, las consecuencias pueden ser bastante importantes.

En primer lugar, las administraciones públicas pueden sancionarles por sus incumplimientos, pudiendo retirar o imposibilitar posibles subvenciones hacia la asociación. En caso de ser condenados por cometer infracciones tributarias, se podrían enfrentar a durísimas sanciones, las cuales llegan hasta los 20 000 euros.

Regularizar la situación fiscal es fundamental para este tipo de entidades, ya que cometer una infracción puede suponer el pago de enormes cantidades de dinero, las cuales pueden perjudicar gravemente el desarrollo de la actividad de las asociaciones.

Como hemos visto, pese a que su ánimo no es lucrativo, estas asociaciones pueden facturar para conseguir autofinanciación, la cual puede llegar a ser decisiva a la hora de empezar a llevar a cabo su actividad. Es fundamental que estas entidades lleven un exhaustivo control de sus facturas, ya que son muchas las exenciones y las peculiaridades fiscales que poseen, por lo que es conveniente dar mucha importancia y regularizar lo máximo posible sus actividades contables y tributarias.

Consúltanos!!

 

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