El servicio público de salud o, en su caso, la mutua, remitirán telemáticamente los partes pero el nuevo sistema no es inmediato
El BOE de este jueves, 5 de enero de 2023, publica el real decreto por el que se elimina la obligación de los trabajadores de entregar su parte de baja médica a la empresa. Sin embargo, el nuevo sistema no es inmediato. No será hasta el próximo 1 de abril, cuando corresponderá a los servicios de salud o, en su caso, las mutuas, encargarse de este trámite. Según establece la norma, los partes que justifican la incapacidad temporal serán remitidos directamente por vía telemática «de manera inmediata y, en todo caso, en el primer día hábil siguiente al de su expedición».
El nuevo sistema, señala el Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, es más acorde con la realidad social. El sistema regulado hasta el momento, explica el preámbulo, mantuvo el modus operandi tradicional conforme al cual el facultativo entrega a la persona trabajadora, además del parte médico destinado a la misma, una copia en papel de los partes médicos de baja, confirmación y alta médica para que la presentase, en un plazo determinado, en la empresa, la cual, a su vez, tenía que cumplimentar ciertos datos requeridos en los mismos y remitirlos a la entidad gestora. Sin embargo, especifica, «el grado de desarrollo actual de los sistemas informáticos permite prescindir de la entrega a la persona trabajadora de la copia en papel del parte médico destinada a la empresa y de su presentación por aquella en esta».
La norma contempla un plazo para que la Seguridad Social, las mutuas y las empresas se adapten y transiten hacia el nuevo sistema. Según se especifica, su entrada en vigor tendrá lugar «el día primero del tercer mes siguiente al de su publicación en el BOE». La fecha, por tanto, en que será obligatoria la nueva vía es el próximo 1 de abril. La fórmula elegida es compleja, aunque habitual en normas laborales.
Las previsiones introducidas por este real decreto serán de aplicación, a partir de su entrada en vigor, a las incapacidades temporales que en ese momento se encuentren en curso y no hayan superado 365 días.
La entrega de los partes médicos de baja ha sido un problema que ha terminado en numerosas ocasiones en los tribunales. El último caso fue el de una empresa de atención al clientes que exigió a sus trabajadores el uso de una app para tramitar las bajas médica. La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional tumbó el nuevo manual de comunicación de la empresa Unisono. El tribunal afeó a la compañía que exigiese a sus empleados participar en la tramitación de los partes y les impidiese otros métodos tradicionales como la remisión por correo electrónico.
FUENTE: https://cincodias.elpais.com/
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