Fiscalidad y contabilidadRenta 2021

Cómo aplazar el pago de la declaración de la renta sin tener que pagar recargos

La declaración de la renta permite el pago aplazado. Si el resultado te ha salido a pagar, debes saber que puedes fraccionar el pago de la declaración hasta en dos plazos sin tener que pagar recargos ni intereses de demora.

En el primer plazo, deberás pagar el 60 por ciento del total del resultado de la declaración de la renta. En el segundo, el 40 por ciento restante, que se cargará en la misma cuenta del contribuyente el próximo 7 de noviembre de 2022.

Cómo solicitar el pago aplazado en la declaración de la renta

Existen diferentes forma de solicitar el pago fraccionado de la renta. Es tan sencillo como indicarlo en el programa Renta Web en el momento de la presentación de la declaración.

Para hacerlo, es necesario elegir la opción de pago fraccionado, y el programa calculará de forma automática el importe de ambos plazos de la forma apuntada en el párrafo anterior. Asimismo, podrás elegir la forma en la que se ingresará el primer plazo de la declaración. Existen tres opciones:

  • Pago domiciliado: el contribuyente tan solo se tendrá que informar del IBAN de la cuenta bancaria en la que se harán los cargos.
  • Pago electrónico: se puede usar un pago con cargo en cuenta, pago con tarjeta de crédito u obtener el NRC justificante del pago para incluirlo en la declaración.
  • Documento para ingresar en banco o caja: la presentación quedará presentada, pero pendiente de ingreso y con la generación de una carta de pago que se tendrá que pagar antes del 30 de junio de 2022.

Cómo solicitar el pago aplazado en la declaración de la renta

Existen diferentes forma de solicitar el pago fraccionado de la renta. Es tan sencillo como indicarlo en el programa Renta Web en el momento de la presentación de la declaración.

Para hacerlo, es necesario elegir la opción de pago fraccionado, y el programa calculará de forma automática el importe de ambos plazos de la forma apuntada en el párrafo anterior. Asimismo, podrás elegir la forma en la que se ingresará el primer plazo de la declaración. Existen tres opciones:

  • Pago domiciliado: el contribuyente tan solo se tendrá que informar del IBAN de la cuenta bancaria en la que se harán los cargos.
  • Pago electrónico: se puede usar un pago con cargo en cuenta, pago con tarjeta de crédito u obtener el NRC justificante del pago para incluirlo en la declaración.
  • Documento para ingresar en banco o caja: la presentación quedará presentada, pero pendiente de ingreso y con la generación de una carta de pago que se tendrá que pagar antes del 30 de junio de 2022.

FUENTE: https://www.pymesyautonomos.com/

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