Cotización Seguridad Social

¿Cuánto pueden cobrar las personas que se jubilan sin haber cotizado 15 años?

La vida laboral de una persona marca el futuro de la misma de muchas maneras. Una de ellas es la que está relacionada con la pensión de jubilación que es la meta que todo trabajador desea alcanzar para poder dejar de trabajar y poder compartir más tiempo libre para uno mismo, para disfrutar de la familia y amigos.

En España, la Ley General de la Seguridad Social establece que para conseguir la jubilación a día de hoy hay que cumplir 66 años y dos meses y haber cotizado a la Seguridad Social un mínimo de 15 años.

Belén Diaz

Según señala la Seguridad Social, la pensión no contributiva de jubilación (PNC) es una prestación que se realiza a través del INMSERSO y que «está dirigida a todos los ciudadanos mayores de 65 años que lo necesiten por su situación económica y familiar, aunque no se haya cotizado el mínimo para tener derecho a una pensión contributiva».

Además de la prestación económica, también se garantiza a las personas de asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios.

Cuantía máxima y mínima de la pensión no contributiva de jubilación para 2022

Con la revalorización de las pensiones del presente año, la cuantía íntegra de la jubilación no contributiva ha quedado fijada en 5.899,60 € íntegros anuales, que se abonan en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año.

La Seguridad Social establece la cantidad estas prestaciones de manera individual para cada pensionista a partir del citado importe y en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida.

Requisitos para acogerse a una PNC

– Edad: Tener sesenta y cinco o más años.

– Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

– Tener Ingresos insuficientes: Es posible cobrar esta pensión cuando las rentas o ingresos personales disponga una persona, en cómputo anual para 2022, sean inferiores a 5.899,60 € anuales.

Como hemos mencionado anteriormente, la mínima para 2022 sería de 105,35€ mensual y la máxima de 421,40€.

No obstante, si convive con familiares con otros ingresos, también serán tenidos en cuenta. Únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia no llegan al tope. Si en el núcleo familiar viven dos personas los ingresos no podrán superar los 10.029,32 y si viven tres, 14.159,04.

Asimismo, si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos asciende esta cantidad a 25.000 para dos convivientes y 35.000 para tres.

 

FUENTE:https://sevilla.abc.es/economia

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