LABORAL

Despido, como reclamar

Cuando el trabajador no está de acuerdo con la decisión de despido tomada por el empresario, tendrá derecho a  reclamar. Así, mediante impugnación de un despido se pretende dejar sin efectos la extinción de la relación laboral. Este proceso suele ser bastante técnico, por lo que se recomienda contar con la asistencia de un abogado especializado en derecho laboral y despidos. No olvidé contactarnos.

A lo largo de este artículo te explicamos los tipos de despidos que existen y cómo impugnar cada uno de ellos paso a paso.

Fuente: https://www.laboralix.com/impugnar-despido/

 

Clasificación de los despidos

Los despidos pueden clasificarse en función de dos aspectos diferentes, lo que dará lugar a los tipos de despido:

  1. Según sus causas o formas:
    • Despido disciplinario: se justifica por una mala conducta del trabajador que se considere grave y culpable. Estos despidos no exigen preaviso ni otorgan derecho a indemnización.
    • Despido objetivo: se basa en causas ajenas a la voluntad del empresario. Estas causas podrán ser económicas, productivas, técnica, organizativas o de fuerza mayor. Da lugar a una indemnización por despido de 20 días de salario por cada año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.
    • Despido colectivo: se trata de un despido por causas objetivas que afecta a una parte considerable de los trabajadores de la plantilla.
  2. Según sus efectos jurídicos (definitivo, readmisión del trabajador, derecho a indemnización, etc.) y lo adecuado que sea:
    • Despido procedente: no da ningún derecho al trabajador debido a que el despido se habrá producido conforme  las causas y procedimientos establecidos en la ley. Por lo tanto, es la peor calificación tras un proceso de impugnación.
    • Despido improcedente: es el que se producen con incumplimientos de la ley de poca gravedad. El empresario podrá optar por readmitir al trabajador o pagarle una indemnización.
    • Despido nulo: se relaciona con causas discriminatorias o vulneración de derechos fundamentales. Si al impugnar un despido, este se declara nulo, la empresa deberá readmitir al trabajador y pagarle los salarios de tramitación.

Es importante tener en cuenta que ambas clasificaciones son totalmente complementarias. Es decir, un despido puede ser disciplinario y nulo a la vez, por ejemplo.

A continuación, nos centramos en los pasos para impugnar un despido en función del tipo de despido del que se trate.

¿En qué consiste la impugnación de despido?

Como medida de protección de los derechos de los trabajadores, cualquier tipo de despido debe cumplir con ciertas condiciones y formalidades. De lo contrario, los trabajadores tendrán ciertos derechos y la posibilidad de impugnar dicho despido si no estén conformes.

Por norma general, el proceso para impugnar un despido consistirá en acudir al Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación (SMAC) presentando la papeleta de conciliación para intentar un acuerdo amistoso entre empresario y trabajador.

El Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación (SMAC) tiene diferentes nombres en función la región donde nos encontremos, como por ejemplo el TAMIB en Baleares, UMAC en Extremadura y Asturias, SERLA en Castilla y León, ORECLA en Cantabria o SAMA en Aragón.

En caso de que no se logre un acuerdo, habrá que acudir a la jurisdicción social y presentar una demanda laboral. En esta segunda etapa será obligatorio contar con la asistencia de un abogado.

Tras la reclamación, el despido debe calificarse cuando haya pasado por los Tribunales y el objetivo de la impugnación es que el Juez otorgue la calificación de procedente, improcedente o nulo para que se desplieguen los efectos jurídicos correspondientes. En el caso del despido nulo, no sería necesario acudir al SMAC, pudiendo presentar la demanda de impugnación directamente.

Sin embargo, la estrategia a seguir a la hora de impugnar un despido dependerá fundamentalmente del tipo de despido del que se trate en función de la causa:

Impugnar un despido objetivo

Los despidos por causas objetivas suelen ser los más difíciles de impugnar, por lo que contar con un abogado especialista puede aumentar las opciones de éxito.

Se puede reclamar alegando contra dos posibles elementos:

  • Elementos formales, relacionados con el proceso de despido (como por ejemplo no justificar la extinción del contrato de trabajo en la carta de despido).
  • Elementos materiales, en relación con que las causas que alega el empresario no estén justificadas.

En este caso, es importante tener en cuenta que aceptar la indemnización a la que da lugar este despido, no impide realizar una impugnación posteriormente. Lo más recomendable es impugnar el despido siempre que no se esté de acuerdo y no conformarse solo con la indemnización.

Impugnación de despido disciplinario

Suelen ser los más fáciles de impugnar y las vías de impugnación suelen estar relacionadas con:

  • Que el empresario no haya cumplido los requisitos formales exigidos por la ley.  Por ejemplo, que la carta de despido no incluya los motivos del despido.
  • Los elementos materiales que deben concurrir:
    • Incumplimiento grave y reiterado del trabajador
    • Culpabilidad del trabajador en el incumplimiento anterior
    • Realidad y trascendencia del incumplimiento

Impugnar un despido colectivo

Este despido presenta dos vías diferentes de impugnación y más supuestos de nulidad que otros tipos de despido.

La primera vía supone una impugnación colectiva, que protegerá los derechos fundamentales y las libertades públicas, así como los principios del procedimiento del despido colectivo.

En caso de que la primera no tenga éxito, se puede proceder a una impugnación individual que funciona del modo que la de un despido objetivo.

No obstante, este proceso suele ser bastante técnico, por lo que se recomienda contar con la asistencia de un abogado especializado en derecho laboral y despidos.

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