Sin categoría

Renta 2018: ¿Hay que tributar por los inmuebles si se han alquilado todo el año?

Arrancada ya la campaña de la Renta de 2018, conviene tener claro algunos conceptos importantes para realizar la declaración. El Consejo General de Economistas REAF aporta información clave para el contribuyente.

Salvo que los inmuebles constituyan la vivienda habitual del contribuyente, estén afectos a una actividad económica, estén alquilados, se trate de inmuebles en construcción o no sean susceptibles de uso según la normativa urbanística, los titulares de los inmuebles deberán imputar, con carácter general, el 2% del valor catastral del bien, o el 1,1% cuando el valor catastral del inmueble haya sido revisado o modificado en el plazo de los 10 periodos impositivos anteriores.

Si el inmueble carece de valor catastral o éste no se hubiera notificado al contribuyente, la renta a imputar será el 1,1% sobre el 50% del mayor de los siguientes valores: el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el precio, contraprestación o valor de la adquisición.

La cantidad resultante se prorrateará según el número de días que corresponda de cada período impositivo.

Fuente: Diario Económico e información de mercados. Expansión.

E

Share:

Related Posts:

Leave a Comment:

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Configurar y más información
Privacidad