Asesores fiscalesRenta 2023

La campaña de la declaración de la Renta se adelanta este 2024

Los contribuyentes tendrán que liquidar el IRPF de 2023

Hacienda ya ha dado a conocer las fechas en las que los contribuyentes deberán realizar la próxima declaración de la Renta con el fin de liquidar el IRPF y el patrimonio de 2023.

La campaña de la declaración de la Renta comenzará el 3 de abril, ocho días antes que el pasado año. A partir de ese día, se podrá solicitar el borrador online y presentar la declaración, a través del programa Renta Web o la aplicación móvil, incluso en ese mismo día.

Según el calendario de la Agencia Tributaria, la siguiente fecha marcada será el 7 de mayo, cuando arrancará el plazo para llevar a cabo la declaración por vía telefónica. Si se prefiere de forma presencial, se podrá hacer a partir del 3 de junio.

Por lo tanto, el 26 de junio será la fecha límite para presentar la declaración por Internet en el caso de haya que pagar con domiciliación bancaria. Este día también será el último para pedir cita, sea por teléfono o en persona, ya que el plazo para presentar la renta finalizará el 1 de julio. El trámite podrá realizarse a través del sistema Cl@ve.

Las fechas de la declaración de la Renta 2023-2024

Estas son las fechas a tener en cuenta para la declaración de la Renta 2023-2024

  • 3 de abril de 2024: Solicitud del borrador y apertura del plazo para la declaración por Internet.

  • 7 de mayo de 2024: Solicitud de cita previa y apertura del plazo para la declaración por vía telefónica.

  • 25 de mayo de 2024: Solicitud de cita previa para la declaración presencial.

  • 3 de junio de 2024: Apertura del plazo para la declaración presencial.

  • 26 de junio de 2024: Finaliza el plazo para la declaración ‘online’ con ingreso domiciliado y último día para solicitar cita previa por teléfono o en persona.

  • 1 de julio de 2024: Finaliza el plazo para presentar la declaración de la Renta por cualquier vía.

¿Quiénes están obligados a hacer la declaración?

La normativa fiscal establece que cualquier persona que haya ganado más de 22.000 euros al año tiene que presentar la renta. Si se ha tenido más de un pagador, el límite baja hasta 15.000 euros. En esta situación, la Agencia Tributaria diferencia entre el pagador principal, que ha realizado la mayor aportación al contribuyente, y los demás pagadores. La suma de los ingresos recibidos por el segundo pagador y el resto debe superar los 1.500 euros al año.

Es esencial tener en cuenta que pensionistas, autónomos que hayan obtenido más de 1.000 euros por su actividad, personas afectadas por ERTE, pequeños propietarios, individuos indemnizados por despido o aquellos con inversiones (como la compraventa de acciones de una empresa) deberán presentar la declaración en la mayoría de los casos.

 

FUENTE:https://www.elnortedecastilla.es/

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