Autónomos

Burocracia del autónomo: trámites con la Administración

Seguridad Social y Hacienda. La burocracia del autónomo viene determinada por las obligaciones y derechos de estas dos administraciones públicas. En este artículo realizamos un repaso por los principales trámites que ha de realizar el trabajador por cuenta propia, tanto los únicos como los recurrentes.

Ser autónomo te convierte automáticamente en dos figuras en continuo contacto con Seguridad Social y con Hacienda para el cumplimiento de tus obligaciones y el disfrute de tus derechos. Pero detrás de todo ello está la burocracia del autónomo.

Por un lado eres cotizante del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA) y al mismo tiempo un obligado tributario.

Veamos a qué papeleo te enfrentas como trabajador autónomo. Y lo haremos de forma esquemática ya que nuestro principal consejo es que todo lo que leas a continuación lo pongas en manos de una asesoría online para autónomos. Se trata de trámites relativamente sencillos pero debes asegurarte una correcta gestión de tu actividad económica y evitarte perder tiempo en ello.

Burocracia del autónomo como cotizante de la Seguridad Social

Alta en Seguridad Social

Si quieres formar parte del sistema de la Seguridad Social como trabajador autónomo empieza por darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. No es una opción. Como trabajador autónomo eres responsable directo de cumplir la obligación de solicitar alta y afiliación. Y además de hacerlo con hasta 60 días de antelación respecto al alta en Hacienda o simultáneamente.

Puedes optar por el alta online con el Documento Único Electrónico (DUE), a través de la asesoría online, documento con el cual se procede al alta simultánea en Seguridad Social y la Agencia Tributaria, o con la tramitación presencial del alta como autónomo en tu oficina de Seguridad Social entregando el modelo TA0521. Es importante recordar que durante el confinamiento, la atención presencial de Seguridad Social ha sido nula y aún hoy día sigue siendo limitada. De ahí que el COVID-19 haya puesto de manifiesto la importancia de la digitalización de la Administración y el autónomo que se viene apoyando en la tramitación online a través del sistema RED o la sede electrónica de la Seguridad Social mediante certificado digital.

En el proceso de alta como autónomo debes elegir tu base de cotización. Ésta marcará la cuota de autónomos que has de pagar todos los meses, mediante obligatoria domiciliación bancaria.

En el momento en que decidas cesar tu actividad y dejar de ser autónomo habrás de realizar el trámite de baja en Seguridad Social recurriendo al mismo modelo Modelo TA.0521 o acceder a la sede electrónica de Seguridad Social con tu certificado digital para cursar la baja online. Otros trámites que debes realizar como afiliado a la Seguridad Social.

Otros trámites burocráticos del autónomo

El alta como autónomo no es el único trámite al que deberás enfrentarte siendo trabajador por cuenta propia sino que también has de gestionar con los organismos dependientes de Seguridad Social o entidades colaboradoras de la misma, generalmente las mutuas, todas las coberturas sociales derivadas de tu cotización como autónomo. A continuación las más destacables:

  • Solicitud de Incapacidad Temporal (IT): Tanto por contingencias comunes como por contingencias profesionales. Es la mutua que hayas elegido durante el proceso de alta como autónomo la entidad gestora de la prestación económica derivada de una Incapacidad Temporal.
  • Solicitud de cese de actividad: El autónomo cotiza por cese de actividad obligatoriamente, salvo excepciones, desde el 1 de enero de 2019. La gestión de  esta prestación ordinaria conocida como el paro del autónomo también corre a cargo de la mutua colaboradora, al igual que las prestaciones por cese de actividad aprobadas por el Gobierno de forma extraordinaria para combatir el impacto económico de la pandemia en los autónomos.
  • Solicitud de prestaciones de maternidad y riesgo de embarazo: Igual que en las prestaciones anteriores, la mutua por las que hayas optado será tu interlocutor en el proceso burocrático.
  • Solicitud de jubilación: Si cumples la edad ordinaria de jubilación y quieres retirarte habrás de gestionarlo todo con  el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Y si tienes trabajadores a cargo, súmale estos trámites

Como trabajador autónomo no solo creas empleo por cuenta propia sino que también puedes crearlo por cuenta ajena con la contratación laboral de trabajadores. Hay tres pasos obligatorios en todas las contrataciones:

  1. Altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores
  2. Presentación de los contratos en el Servicio Público de Empleo Estatal
  3. Pagos de las cotizaciones a la Seguridad Social

Burocracia del autónomo como obligado tributario

Alta en Hacienda

También has de darte de alta en Hacienda a través del modelo 036 o modelo 037 antes de iniciar formalmente tu actividad, y convenientemente al tiempo que te das de alta en Seguridad Social. Es el momento de indicar tus datos personales, tu domicilio fiscal y el tipo de actividad que vas a realizar eligiendo un epígrafe de actividad que va a marcar tus obligaciones fiscales relacionadas con el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), los dos principales impuestos que constituyen la carga fiscal del autónomo.

Es en el proceso de alta como autónomo cuando debes solicitar el alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) si tienes intención de vender a países miembro de la Unión Europea, aunque puedes hacerlo a posteriori, si todavía no realizas dichas operaciones.

Presentación de impuestos: la base de la burocracia del autónomo

El calendario fiscal marca la fecha de cumplimiento de estas obligaciones fiscales. Debes saber que no todos los autónomos no tienen que realizar las mismas presentaciones y los mismos pagos de impuestos (dependerá del tipo de actividad o clientes que tengas) sino que tu asesor fiscal te pondrá al día de ello.  En función de ello, los trámites para el cumplimiento de tus obligaciones pueden ser con periodicidad trimestral en los meses de abril, julio, octubre y enero y/o anual en las fechas que establece Hacienda.

Además, has de tener en cuenta la naturaleza del modelo que presentas. Puede tratarse de una autoliquidación que supone un desembolso para tu bolsillo y el de tu negocio o una declaración meramente informativa, como por ejemplo, el modelo 390 (Resumen anual de IVA).

A continuación te detallamos los modelos trimestrales y anuales de IRPF e IVA más habituales entre los autónomos.

Modelos trimestrales del autónomo

  • Modelo 130: Modelo de autoliquidación del pago fraccionado del IRPF en estimación directa.
  • Modelo 131: Modelo de autoliquidación del pago fraccionado del IRPF en estimación objetiva (módulos).
  • Modelo 111: Modelo de autoliquidación de retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta.
  • Modelo 115: Modelo de autoliquidación de retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  • Modelo 303: Modelo de autoliquidación de IVA.
  • Modelo 349: Modelo de declaración informativa recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
  • Modelo 309: Modelo de liquidación no periódica de IVA.

Modelos anuales del autónomo

  • Modelo D-100: Declaración anual del IRPF (declaración de la Renta).
  • Modelo 180: Modelo de declaración informativa de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. Resumen anual.
  • Modelo 190: Modelo de declaración informativa de retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta. Resumen anual.
  • Modelo 390: Modelo de declaración de resumen anual de IVA.

La burocracia del autónomo se digitaliza

Los trámites presenciales del autónomo son ya cosa del pasado. El papeleo ha dejado de ser papeleo. De unos años a esta parte tanto el autónomo como la Administración han adquirido conciencia de la importancia de la digitalización y han evolucionado hacia la misma. Hacienda y Seguridad Social cuentan con sus sedes de tramitación electrónica desde las que, mediante el certificado digital, PIN o número de referencia, se puede realizar cualquier trámite por vía online que de otro modo eternizaría la gestión en sí robándole tiempo al autónomo.

La digitalización de los trámites del autónomo lleva aparejada la mejora de la productividad y eficiencia en la gestión del negocio y aumenta el nivel de seguridad de la información sensible que se comparte.

En este contexto, entra en escena la labor de las asesorías online para autónomos. Como verás, los trámites en materia fiscal, contable y con Seguridad Social no son pocos y las asesorías online, dan respuesta a la necesidad de los trabajadores por cuenta propia de cumplir con sus obligaciones en tiempo y forma, tal y como marca la Administración.

¿Pensando en externalizar la gestión fiscal, contable y laboral de tu actividad económica? Ponte en contacto con nosotros y te informaremos sobre nuestros servicios.

FUENTE: https://www.infoautonomos.com/

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