Empleadas del hogar

Estas son las empleadas de hogar que tienen derecho a cobrar el paro

Las empleadas de hogar han visto avances en sus derechos laborales, de entre los que ha destacado por encima de todo el de la cotización por desempleo, lo que en la práctica les da el derecho a percibir prestaciones por desempleo como, por ejemplo, el paro.

 

Desde el 1 de octubre del año pasado las empleadas de hogar (y sus empleadores) cotizan por desempleo y por FOGASA, el Fondo de Garantía Salarial. Esto les da derecho a percibir estas prestaciones, pero siempre que cumplan con las condiciones necesarias para ello. Y una de esos requisitos es el de la cotización.

En los artículos 266 y 269 de la Ley General de la Seguridad Social (puede consultarlo en este enlace del Boletín Oficial del Estado) se detallan los requisitos de cotización que se establecen para todos los trabajadores que deseen percibir el paro y que ya son de aplicación para las empleadas de hogar.

El artículo 266 confirma que un requisito obligatorio para cobrar el paro es «tener cubierto el período mínimo de cotización a que se refiere el artículo 269.1, dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar», mientras que ese artículo 269.1 pone una cantidad de días cotizados concreta: 360 días cotizados en concepto de desempleo, un año.

Aquí empiezan las dudas: ¿cómo se computa ese periodo de cotización? La guía que la Seguridad Social elaboró tras la aprobación de la nueva ley explica que «se tendrán en cuenta las cotizaciones realizadas en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social por los que se cotiza a desempleo».

¿Qué empleadas de hogar pueden cobrar el paro?

Por lo tanto, si una empleada de hogar solo tiene contabilizadas cotizaciones en el sistema especial de trabajo del hogar necesitará acreditar una cotización de un año por desempleo, a contar desde el 1 de octubre, así que todavía no podría cobrar el paro y tendría que llegar a un año cotizado.

Sin embargo, las empleadas de hogar que accediesen a ese trabajo con cotizaciones previas y sin haber cobrado prestaciones por desempleo (pasando directamente de un trabajo cualquiera a otro del sistema especial de trabajo del hogar) podrían percibir el paro si sumando todos los periodos ya acreditasen al menos esos 360 días de cotización.

Estos son los requisitos para cobrar el paro

Las empleadas de hogar que deseen cobrar una prestación contributiva por desempleo (el paro) tendrán que cumplir con el resto de requisitos exigidos por la Ley General de la Seguridad Social. Son los siguientes:

-Estar afiliado a la Seguridad Social y en una situación de alta o asimilada.

-Encontrarse en una situación legal de desempleo (en este enlace del SEPE se recogen cuáles son esas situaciones).

-No tener cumplida la edad ordinaria de jubilación (salvo que no reúna los requisitos para cobrar pensión contributiva).

-Estar inscrito como demandante de empleo (así puede hacerse de forma sencilla)

FUENTE: https://www.eleconomista.es/

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