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¿Hasta qué edad deducen los hijos en la declaración de la renta?

En Asesoría Fiscal Plus Asesores entendemos la importancia de aprovechar cada beneficio fiscal disponible para optimizar su declaración de la renta. Uno de los aspectos que generan mayor inquietud entre nuestros clientes es la deducción por hijos. Según la normativa vigente en España, los hijos pueden deducirse desde el momento de su nacimiento hasta que alcanzan los 25 años, siempre y cuando cumplan una serie de requisitos.

Para que un hijo pueda ser deducido en la declaración de la renta, es imprescindible que conviva con el contribuyente y que sus ingresos anuales no superen los 8.000 euros, excluidas las rentas exentas. Además, se deberá tener en cuenta cualquier situación especial, como si el hijo presenta algún grado de discapacidad reconocido, ya que esto puede incrementar el importe de la deducción.

Es crucial entender que las deducciones por descendientes no solo buscan aliviar la carga fiscal, sino también reconocer el esfuerzo económico que conlleva mantener a un hijo hasta su plena incorporación al mercado laboral. Como asesores fiscales, revisamos cada caso de manera personalizada para asegurar que se están aplicando todas las deducciones posibles, ajustadas a la normativa actual y las circunstancias específicas de cada familia.

En Asesoría Fiscal Plus Asesores estamos aquí para ayudarle a maximizar sus beneficios fiscales, proporcionándole la tranquilidad y seguridad que necesita en estos asuntos complejos. Si tiene alguna duda o requiere asesoramiento adicional, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Renta 2023-2024: ¿hasta qué edad deducen los hijos en la declaración?

La cuantía que pueden desgravarse los contribuyentes va desde los 2.400 euros anuales por el primer hijo, hasta los 4.500 por el cuarto y siguientes

Formar una familia entra en los planes de futuro de muchas personas. Aunque criar a un hijo puede ser una experiencia gratificante, también supondrá todo un desafío financiero, ya que la situación económica cambiará radicalmente. No obstante, los padres y madres están de suerte, ya que los hijos suponen una deducción en la declaración de la Renta, siempre y cuando se cumplan con una serie de requisitos:

  • El descendiente debe convivir con el contribuyente (aunque también se admite si este vive en otro lugar porque está estudiando), depender económicamente de él y ser menor de 25 años a la fecha de devengo del IRPF. En el caso de que superen esa edad, deberán tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Además, en caso de separación, divorcio o ausencia de vínculo matrimonial, será el progenitor que tenga la guardia y custodia del descendiente quién se podrá aplicar el mínimo por descendientes. Si la custodia es compartida, ese mínimo se prorrateará por partes iguales entre ambos progenitores, sin importar que los hijos hayan tributado conjuntamente con uno de ellos
  • El descendiente no debe haber sido receptor de rentas –excluidas las exentas del impuesto– que superen los 8.000 euros anuales y que el descendiente no haya realizado de manera individual la declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.
  • El descendiente puede ser hijo, aunque también nieto o bisnieto, además se refleja la posibilidad de consanguinidad o de adopción. Las personas tutelabas o acogidas también se asimilan como descendientes. Asimismo, se incluyen en la categoría de descendientes aquellos sobre los que se tenga guarda y custodia por resolución judicial. Sin embargo, se integra a la convivencia la dependencia económica, a no ser que se abonen anualidades por alimentos a favor de los hijos que haya que tener en cuenta para el cálculo de la cuota íntegra.

¿Cuánto se puede deducir por descendiente?

Los mínimos de las desgravaciones por descendientes en general son los siguientes:

  • 2.400 euros anuales por el primer hijo.
  • 2.700 euros anuales por el segundo.
  • 4.000 euros anuales por el tercero.
  • 4.500 euros anuales por el cuarto y siguientes.

En el caso de que el descendiente sea menor de tres años, el mínimo que corresponda de los casos previamente mencionados se incrementará en 2.800 euros anuales. Estas son las deducciones que se aplican en algunas comunidades autónomas:

  • Andalucía: 2.510 euros anuales por el primer descendiente, 2.820 euros anuales por el segundo hijo, 4.170 euros anuales por el tercero y 4.700 euros anuales por el cuarto y siguientes. Además, la deducción será 2.920 euros adicionales si son menores de tres años.
  • Islas Baleares: 2.970 euros anuales por el segundo hijo, 4.400 euros anuales por el tercero y 4.950 euros anuales por el cuarto descendiente y siguientes.
  • Galicia: 2.503 euros anuales por el primer descendiente, 2.816 euros anuales por el segundo hijo, 4.172 euros anuales por el tercero y 4.694 euros anuales por el cuarto y siguientes. Además, la deducción será 2.920 euros adicionales si son menores de tres años.
  • Comunidad de Madrid: 2.575,85 euros anuales por el primer descendiente, 2.897,83 euros anuales por el segundo, 4.400 euros anuales por el tercer hijo y 4.950 euros anuales por el cuarto y siguientes. Además, la deducción aumentará 3.005,16 euros si el descendiente es menor de tres años.
  • Comunidad Valenciana: 2.640 euros anuales por el primer hijo, 2.970 euros anuales por el segundo descendiente, 4.400 euros anuales por el tercer hijo y 4.950 euros anuales por el cuarto y siguientes. Además, la deducción aumentará 3.080 euros si el descendiente es menor de tres años.

Deducción para familias numerosas

Existe un importe máximo de deducción al mes –100 euros– y anual –1.200 euros– para familias numerosas de categoría general. No obstante, si una persona tiene una familia numerosa y pertenece a la categoría especial, las deducciones se incrementan en el 100%, según informa la Agencia Tributaria.

«Cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa, por encima de los límites establecidos para adquirir su categoría (que son de tres hijos en la general y de cinco en la especial), tendrán un aumento en la desgravación anteriormente citada de 600 euros anuales«, explican desde el blog CaixaBank. Además, si existen varias personas con derecho a esta deducción, el importe se reparte entre ellas en partes iguales.

FUENTE:https://www.larazon.es/

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