Herencia

¿Se puede repartir una herencia sin estar todos los herederos de acuerdo?

El reparto de la herencia es un procedimiento regulado con todo lujo de detalles por el ordenamiento jurídico español. Sin embargo, eso no impide que puedan surgir complicaciones a raíz, por ejemplo, de una ausencia de testamento o las desavenencias entre familiares respecto de su parte de la herencia. De hecho, el desacuerdo entre herederos supone uno de los problemas más habituales del reparto de herencias, y puede derivar en una situación desagradable y muy complicada.

Para despejar todas tus dudas al respecto, en este post te explicamos si se puede repartir una herencia sin estar todos los herederos de acuerdo. Además, te contamos qué sucede en otras situaciones similares, como por ejemplo la ausencia o el fallecimiento de uno de los herederos.

¿Se puede repartir una herencia si los herederos no están de acuerdo?

Para que una herencia pueda repartirse, cada uno de los familiares implicados deberá declarar si acepta su parte o renuncia a ella. No es necesario que todos acepten: si uno de los herederos renuncia, su parte se repartirá entre los demás familiares con el mismo parentesco que sí hayan aceptado.

En la práctica, esto significa que los problemas por disputas familiares en la herencia no tienen que ver con la aceptación y la renuncia, sino con el llamado bloqueo de la herencia. Ya sea por desavenencias personales o por desacuerdos en el valor de los bienes, en ocasiones los familiares deciden no pronunciarse para alargar el procedimiento e impedir que los demás herederos se lleven su parte.

El bloqueo impide efectivamente que se lleve a cabo el reparto de la herencia. Afortunadamente, el Derecho español establece una serie de medidas para impedir que un heredero bloquee la herencia de forma indefinida, como la mediación extrajudicial o la vía judicial.

EN ESTOS CASOS, ¿CÓMO SE REPARTE LA HERENCIA?

La vía judicial es la forma tradicional de repartir la herencia en caso de desacuerdo entre herederos. Sin embargo, también debería acudirse a ella como último recurso: el procedimiento suele ser largo y muy costoso, al margen de exacerbar las posibles desavenencias familiares que se encuentren en el fondo del desacuerdo entre herederos.

En cualquier caso, el procedimiento judicial para desbloquear la herencia consiste en impugnar el testamento e interponer una demanda civil en el Juzgado de Primera Instancia correspondiente a la residencia del fallecido. El juez se encargará de hacer inventario y valoración de la herencia con ayuda de un perito, y las partes podrán hacer alegaciones. Atendiendo a la ley, el juez hará la partición adecuada de la herencia.

Cabe señalar que, en este caso, la resolución del juez puede apelarse y llevarse a una instancia judicial superior. No obstante, la partición se llevará a cabo inmediatamente después de la resolución de primera instancia, por lo que conseguir una sentencia favorable puede llevar incluso más años. Por ese motivo, es muy recomendable evitar la vía judicial: tanto el coste del procedimiento como el tiempo de espera pueden ser mucho mayores que la herencia inicial.

¿QUÉ OCURRE SI FALLECE UN HEREDERO ANTES DE ACEPTAR LA HERENCIA?

Es posible que todos los herederos estén de acuerdo con el reparto de la herencia, pero uno de ellos fallezca antes de poder aceptar su parte ante Notario. En ese caso, se aplica el llamado derecho de transmisión: por aplicación del artículo 1006 del Código Civil, serán sus hijos los que decidan si aceptar o renunciar a esa parte de la herencia. En el caso de que el fallecido no tenga hijos, el derecho de transmisión pasará a su cónyuge o a las siguientes líneas de sucesión.

¿Se puede repartir una herencia si no están todos los herederos?

¿Qué hacer si un hermano no quiere repartir la herencia? Una de las formas más comunes de bloquearla es no acudir a la Notaría para expresar aceptación o renuncia. Como hemos mencionado, una de las principales vías de resolución a este tipo de bloqueo es la vía judicial. Sin embargo, la Ley de jurisdicción voluntaria ha agilizado los trámites y ha hecho innecesario acudir ante un juez.

Esta Ley, que modifica el artículo 1005 del Código Civil, establece la llamada interpelación hereditaria: el resto de herederos actúan a través del Notario, que requiere al familiar ausente para que acepte o renuncie. El artículo establece un plazo de 30 días naturales: si pasa ese periodo de tiempo y el heredero no se ha pronunciado, se da por entendido que la herencia ha sido aceptada.

¿Cómo encontrar una solución si hay un desacuerdo entre herederos?

En función del tipo de desacuerdo y las relaciones que haya entre los herederos, será más o menos necesario acudir al requerimiento judicial o ante notario. Sin embargo, hay otra forma de resolver conflictos respecto de la herencia: la mediación extrajudicial. Este método consiste en acudir a un consultor legal o abogado. Este tendrá en cuenta el valor de los diferentes bienes, así como la proporción de la legítima que corresponda a cada parte, para proponer una partición con la que las partes estén de acuerdo.

La ventaja de la mediación es que la decisión se pone en manos de un experto, pero no es tan costosa ni tensa como la vía judicial. No obstante, hay que tener en cuenta que deben cumplirse una serie de requisitos para recurrir a ella: las partes deben acudir de buena fe y con voluntad de llegar a un acuerdo, y deben confiar de forma unánime en el mediador a quien se delegue el reparto de la herencia.

Un testamento, la mejor prevención

En muchas ocasiones, las desavenencias entre familiares son inevitables. Eso es especialmente cierto en momentos tan delicados como el fallecimiento de un ser querido. Sin embargo, hay muchas maneras de prevenir conflictos como el bloqueo de la herencia. El diálogo con los herederos en vida es esencial, como también es muy recomendable hacer una valoración previa de los bienes que daremos en herencia.

Sin embargo, la forma más eficaz de prevenir problemas a largo plazo es realizar un testamento acorde con las necesidades y preferencias de nuestros herederos. Recuerda que, si cuentas con el seguro de decesos de NorteHispana, puedes realizar un testamento digital revisable y actualizable. Además, dispones de un servicio de asesoramiento jurídico que te permitirá asegurarte de que tu testamento está ajustado a Derecho.

 

FUENTE: https://www.nortehispana.com/

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